Tipos de jamones ibéricos.
Según la legislación vigente que podemos consultar en la Norma de Calidad del Ibérico o el Reglamento de la D.O. Dehesa de Extremadura, los jamones ibéricos se clasifican en:
Jamones ibéricos de bellota o terminados en montanera:
Podrá ser empleada para aquellos productos elaborados o productos procedentes del despiece de la canal que se comercializan en fresco obtenidos a partir de animales que se destinan al sacrificio inmediatamente después del aprovechamiento exclusivo de bellotas, hierba y demás recursos naturales de la dehesa, sin posibilidad de administración de alimentación suplementaria, siempre y cuando el citado aprovechamiento se haya realizado bajo las siguientes condiciones mínimas:
1.º El peso medio de entrada en montanera de cada lote, estará comprendido entre 92 y 115 kilos.
2.º Las fechas de entrada en montanera serán desde el 1 de octubre hasta el 15 de diciembre de cada año.
3.º La reposición en montanera será como mínimo de 46 kilos durante una estancia mínima en la dehesa de 60 días.
4.º El periodo de sacrificio estará comprendido entre el 15 de diciembre y el 15 de abril de cada campaña.
5.º La edad mínima al sacrificio será de 14 meses.
6.º El peso mínimo al sacrificio será de 117 kg como peso medio de las canales del lote y de 108 kg como peso mínimo individual por cada canal.
7.º La montanera se llevará a cabo en una dehesa definida con arreglo a lo dispuesto en el artículo 2 de este real decreto […]
8.º La carga ganadera total de la dehesa en ningún caso será mayor de 2 cerdos en montanera por hectárea.
.Jamones ibéricos de recebo o terminados en recebo:
Podrá ser empleada para aquellos productos elaborados o productos procedentes del despiece de la canal que se comercializan en fresco obtenidos a partir de animales que después de reponer un mínimo de peso en montanera su cebo es completado mediante el aporte de piensos, constituidos fundamentalmente de cereales y leguminosas, hasta el momento de su sacrificio y que al menos reúna las siguientes características:
1.º El peso medio de entrada en montanera de cada lote, estará comprendido entre 92 y 115 kilos.
2.º Las fechas de entrada en montanera serán desde el 1 de octubre hasta el 15 de enero de cada campaña.
3.º La reposición en montanera será como mínimo de 29 kilos. Los animales deberán permanecer en la dehesa una estancia mínima de 60 días.
4.º El periodo de sacrificio estará comprendido entre el 15 de diciembre y el 15 de mayo de cada campaña.
5.º La edad mínima al sacrificio será de 14 meses.
6.º El peso mínimo al sacrificio será de 117 kg como peso medio de las canales del lote y de 108 kg como peso mínimo individual por cada canal.
7.º La montanera se llevará a cabo en una dehesa definida con arreglo a lo dispuesto en el artículo 2 de este real decreto […]
8.º Durante la etapa de montanera, la carga ganadera total de la dehesa en ningún caso será mayor de 2 cerdos en montanera por hectárea.
Jamones ibéricos de cebo de campo:
Podrá ser empleada para aquellos productos elaborados o productos procedentes del despiece de la canal que se comercializan en fresco obtenidos a partir de animales cuya alimentación se basa en piensos constituidos fundamentalmente por cereales y leguminosas y que completan su alimentación mediante una estancia mínima en campo, previa a su sacrificio, de 60 días, durante la cual también recibirán una alimentación a base de pienso. Estos animales deben reunir, al menos, las características siguientes:
1.º La edad mínima al sacrificio será de 12 meses.
2.º El peso medio de entrada en la fase de cebo en campo, para cada lote, estará comprendido entre 92 y 115 kilos.
3.º El peso mínimo al sacrificio será 117 kg como peso medio de las canales del lote y de 108 kg como peso mínimo individual por cada canal.
4.º La fase final de cebo se realizará en campo, entendiéndose como tal al recinto cerrado no cementado en el que se ceban los cerdos y que, al menos, reúne las características siguientes:
a. Los comederos deberán estar separados de los bebederos una distancia superior a 100 metros.
b. La densidad máxima será de 15 cerdos por hec tárea.
Jamones ibéricos de cebo:
Podrá ser empleada para aquellos productos elaborados o productos procedentes del despiece de la canal que se comercializan en fresco obtenidos a partir de animales cuya alimentación hasta alcanzar el peso de sacrificio se basa en piensos constituidos fundamentalmente por cereales y leguminosas y que, al menos, reúne las características siguientes:
1.º La edad mínima al sacrificio será de 10 meses.
2.º El peso mínimo al sacrificio será de 117 kg como peso medio de las canales del lote y de 108 kg como peso mínimo individual por cada canal.